¿Cuántos años debo vivir en una casa para que sea mía?

¿Cuántos años debo vivir en una casa para que sea mía?


Tanto los inquilinos como los arrendadores propietarios del inmueble arrendado suelen tener dudas respecto a la posibilidad de que el arrendatario se quede con la casa si se le arrienda por mucho tiempo.


Al firmar contrato de arrendamiento el inquilino nunca se quedará con la casa.

Lo primero que se debe precisar, es que, si existe un contrato de arrendamiento por escrito, el inquilino o arrendatario jamás se podrá quedar con la casa, no importa cuántos años la ocupe como arrendatario.


La razón es que, al firmar el contrato de arrendamiento, el inquilino está reconociendo dominio ajeno, es decir, está reconociendo que la casa que ocupa no es suya sino del arrendador, por lo tanto, la ocupará en calidad de mera tenencia lo que descarta de plano que pueda reclamar la propiedad en el futuro.


Contrato de arrendamiento verbal.

El problema lo tiene la persona cuando hace un contrato de arrendamiento verbal, puesto que no podrá probar con facilidad que en realidad existe un contrato de arrendamiento.


Si el arrendador conserva recibos de pago del arrendamiento, consignaciones, pago de recibos o de impuestos, ayuda a probar la existencia del contrato de arrendamiento, pero si no tienen nada de eso es muy probable pueda quedarse con la casa.


Por lo anterior nunca entregue las llaves de su casa hasta tanto no esté firmado el contrato de arrendamiento, y en lo posible, con reconocimiento de firma ante notario.


Si entrega la casa sin contrato, el inquilino al cabo de 5 años podría intentar reclamar la propiedad de la misma, y si la entrega con contrato de arrendamiento firmado, el inquilino puede permanecer en ella hasta el fin de los tiempos sin asomo de riesgo de perder la propiedad de la casa.